
En estos días se ha vuelto a poner a debate otro punto importante en la agenda política del país. Y digo vuelto a poner porque desde hace algunos meses López Obrador lo trajo a cuento cuando habló de un Plan C para acceder a una serie de Reformas Constitucionales que como usted sabe, exigen la aprobación de dos terceras partes del Congreso de la Unión, que en el caso de la Cámara de Diputados significaría 333.33 y que se «redondea» en 334 diputados. Plan o estrategia que parecía casi imposible de alcanzarse y que con el resultado más que óptimo para Sheinbaum y Morena en todo el país (o casi) en aritmética simple queda claro que debe llegar a alcanzarse. La discusión principal que habrá de ser llevada al Tribunal Electoral allá por el 25 o 26 de Agosto por los interesados de Oposición a los ganadores o por parte de los ganadores, según la asignación de congresistas por el principio de Representación Proporcional, y finalmente resuelta en una semana, esto por ahí del 2 de Agosto, por lo que se abre un periodo para discutir a placer sobre el asunto. La oposición PRI,PAN,PRD son quienes han planteado, hasta ahora de forma extraoficial pero con el realismo pleno que suele evidenciarse en las caras de la desesperación, que la Coalición MORENA, PT, VERDE «esta sobrerepresentada» adivinando-anticipando que la resolución de asignatura de diputaciones por el INE, que no podrá conocerse sino hasta el 25 de Julio, debería ser, conforme a las fórmulas contempladas en la Ley asignando la representación por cada partido político pues para ello presentaron cada uno sus propias listas de candidatos plurinominales por cada una de las cinco circunscripciones y en observancia de que se trata de Entidades de Interés Público (las coaliciones como tales o directamente no lo son, Art. 41 Constitucional); así como lo previsto en el 54 fracciones I a la VI de la propia Constitución, destacándose por el tema que un partido político para obtener el registro de sus listas regionales deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en cuando menos en 200 distritos uninominales; y que todo partido que alcance el 3% o más de la votación válida para las listas regionales tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el principio de representación; de igual forma el partido político que cumpla con esas bases le serán asignados por representación proporcional en número de diputados de su lista regional que le corresponda en cada circunscripción plurinominal. Aquí vale decir que desconozco si en el convenio de coalición fueron establecidas condiciones para que los congresistas plurinominales fueran asignados a la coalición en la que participaron; si esto fuera así ningún acuerdo o convenio, aún avalado por la autoridad electoral podría estar por encima de la Constitución de la República. Más aún en el Ley General de Partidos Políticos se establece que para fines electorales podrán formar coaliciones que postulen a los mismos candidatos (art. 82 num.2) y que los emblemas de los partidos aparecerán por separado en las boletas (num.5) Los Partidos Políticos no podrán distribuir o transferirse votos mediante convenio de coalición (num.10); que concluida la etapa de resultados terminará automáticamente la coalición (num.11); por último “independientemente del tipo de coalición, convenio, y términos que en el mismo adopten los partidos coaligados cada uno de ellos aparecerá con su propio emblema en la boleta electoral según la elección de que se trate”.
Para ya no cansarlo con alegatos legales le comparto las siguientes consideraciones: 1)Desde 1963 el Sistema Hegemónico que para entonces poseía no una mayoría simple, ni calificada ni absoluta sino atiborrante y avasallante en el Congreso, pero con problemas de huelgas, represiones a médicos, profesores, ferrocarrileros y otros desde el 58 aproximadamente, percibió que había que DAR -así con mayúsculas- más acceso a las oposiciones como forma de aligerar la presión pública por falta de voces, así se crearon los diputados de partido que prevalecieron hasta la Reforma de 1977 en la que se incorporo el Principio de Representación Proporcional que garantizara eso: más representación y voces cuando estaban presentes los acontecimientos de 1968 y 1971 de represión estudiantil y ciudadana, las guerrillas de los líderes profesores de Guerrero y otros hechos que en diversas partes de la República hablaban claramente de rebelión; al principio las formulas de asignación dejaban subrepresentados a muchos partidos y permitían algunos acomodos sospechosos, pero de algo sirvieron. 2) La oposición real de aquellos entonces como el PAN, el PDM, el PSUM recién creado-legitimado, básicamente, pugnaba tenaz por mayor representación proporcional ante el dominio del PRI, ya que las mayorías que ostentó y utilizó desde 1929 y hasta mediados de los 90´s fueron absolutas. 3) En la primera alternancia el PAN, acompañado paradójicamente por el PRI quien perdía por primera vez, hicieron mayoría calificada en una alianza que dio al traste con el mito de la alternancia y el cambio. 4) Las mayorías calificadas que nunca son declaradas desde el ámbito electoral pues con el derecho de libre asociación que es uno de los fundamentales, no podría aventurarse la autoridad electoral a que en la primera sesión del Congreso o en cualquier otro momento los congresistas hagan, deshagan y despedacen su imaginaria declaratoria. Esto es otro gran mito pues, sólo en el momento de reformas constitucionales se llega a establecer obligadamente esa mayoría como requisito, pero incluso llega a darse que el Congreso en Pleno apruebe esas eventuales reformas. Aunado a ello hemos visto como diputados y senadores con derecho sí, pero con razones cuestionables, cambian de camiseta precisamente para que otra fuerza política seductora logre alguna reforma con lo que pudiéramos hablar de mayorías calificadas de derecho y descalificadas en cuanto a congruencia. 5) Hablar de subrepresentación cuando los números dicen dos a uno y más es también otro mito que descalifica a la minoría que lo enarbola por lo que podríamos hablar también de “minorías descalificadas”.
@PedroOlveraV
PEDRO OLVERA / Retruécanos / San Luis Potosí, S.L.P. / Junio 14 de 2024.

