Ética promiscua

En 1997 se publicó un libro extraordinario y hasta ahora muy poco conocido, escrito por las estadounidenses Dossie Easton y Janet Hardy, esta obra lleva por nombre “Ética Promiscua”, es un texto que va directo contra el núcleo de los sistemas monógamos de familia, en sus líneas, las autoras van directo contra lo que consideran todas las implicaciones de la trampa social denominada familia nuclear, donde las relaciones afectivas justamente se vuelven tramposas cuando, so pretexto de la apariencia del status quo, se presenta una vida extramarital condenada a la vida del anonimato. Ética promiscua propone desde un aspecto absolutamente teórico, la posibilidad de la aceptación del poliamor (incluida la aceptación jurídica) en las naciones de occidente, considerando la multiplicidad de relaciones fácticas que ya existen, lo que por supuesto modificaría el sesgo moral que actualmente tienen las personas que realizan estas prácticas.

En México la discusión sobre el poliamor tiene muy pocos precedentes, pero su discusión comenzó a tomar forma a partir de la sentencia pronunciada en 2020 por un Juez de Distrito en Puebla quien, de forma magistral expuso que, el Código Civil de Puebla al considerar que el matrimonio y/o concubinato, como la unión entre “dos” personas, contiene sesgos discriminatorios, bajo el argumento válido de que el Estado no puede ni debe imponer desde la ley, modelos que le parezcan “moralmente” adecuados. De modo que, el planteamiento del quejoso solicitante del Amparo, avalado por el Juzgador conlleva un gran debate a partir de la pregunta: ¿quién es el Estado para que, desde la Ley pretenda imponerme un modelo de unión sólo con una persona? Y entonces surge la interrogante:

¿y si quiero unirme con tres, con cuatro, con cinco personas, etc.? si todos los intervinientes están de acuerdo, con independencia del género y no hay más limitante que la propia voluntad, ergo, ¿quién es el Estado para limitarme?. Bajo esta premisa, no debería existir ningún candado jurídico para que mujeres y hombres como entes libres pudieran, en ejercicio pleno de esa libertad unirse sin mayor problema y darle vida jurídica a lo que ya existe de facto, es decir la vida en poliamor.

En ese sentido, la Ética promiscua, no debe ni mucho menos ser considerada en sentido peyorativo, sino debemos tratar de entender que es la evolución hacia nuevos modelos de convivencia social, los que por cierto, ya existen en la práctica, pero que casi nadie habla de ellos. En días pasados en el vecino Estado de Aguscalientes se dio ya un primer intento de matrimonio poliamoroso, amén de que el caso Puebla se volvió paradigmático y la inercia social tiende hacia allá, luego entonces nos toca reconocer los nuevos modelos de familias, considerando las uniones conformadas por personas poliamorosas.

Por lo tanto, ser ético y promiscuo no es una contradicción, se trata tan sólo de una forma de vida distinta, que no por diferente debiera ser condenada, así es que, démosle la más cordial bienvenida al mundo jurídico al bendito poliamor. Excelente lunes. Los sigo leyendo en este correo:

jorgeandres7826@hotmail.com.