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Tribunal Electoral Ordena al Ceepac Retirar la Candidatura a Leonel Serrato

Ordena el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí retirar la candidatura de Leonel Serrato Sánchez a la presidencia municipal de la Capital, por no cumplir con los requisitos de elegibilidad constitucional, consideran que hay elementos que prueban violencia política de género y le imponen una multa de 250 Unidades de Medida y Actualización.

Una multa de 250 Unidades de Medidas y Actualización (UMA), equivalente a 22 mil 405 pesos, impuso el Tribunal Electoral de San Luis Potosí al candidato de la coalición «Juntos Haremos Historia», Leonel Serrato Sánchez, por los señalamientos que en su momento hizo hacia la priísta Rebeca Terán Guevara.

Este medio día sesionó el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí y resolvió por unanimidad que las pruebas aportadas por la denunciante y el Instituto Electoral encuadran en violencia política de género. Se ordenó dar vista al Ceepac a afecto de que dentro de sus atribuciones proceda legalmente respecto del status del registro del sentenciado, dado que, al haber sido declarado infractor por violencia política de género, repercute en su esfera política, en el cumplimiento del modo honesto de vivir.

Se ordenaron medidas de reparabilidad una consistente en indemnización en favor de la víctima, una disculpa pública y la terapia psicológica a favor de que se auxilie al denunciado para no repetir las conductas de violencia en contra de la víctima ni en contra de ninguna persona.

De acuerdo al expediente TESLP/PSE/05/2021, que resolvió el Tribunal Electoral del Estado, Leonel Serrato deberá atender las medidas cautelares y de reparación del daño causado, después de acreditar que el ahora candidato, señaló a Terán Guevara de «ladrona» y «ratera».

«Existieron las conductas denunciadas por la víctima, generadas en el mes de abril de 2017 y diciembre de 2020 y son constitutivas de violencia política de género», estableció el TESLP.

El Pleno dio vista al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), a efecto de que, con base en sus atribuciones, procede legalmente respecto al estatus del registro de Serrato Sánchez, dado que al haber sido declarado infractor por dicho motivo repercute en su esfera jurídica en el cumplimiento del requisito del modo honesto de vivir, previsto en el artículo 34, fracción II de Constitución federal.

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