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TEPJF Permitirá a Funcionarios no Solicitar Licencia para Competir por un Cargo de Elección Popular

Un fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a favor de dos presidentes minicipales potosinos, permitirá a diputados, ediles y regidores contender en las elecciones del 2018 sin separarse de sus funciones.

En su sesión del pasado 22 de, la Sala Regional en Monterrey del Tribinal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió a favor del alcalde de Ébano Crispín Ordaz Ortiz y de la alcaldesa de Alaquines, María Leonidas Secaida, que la constitución estatal no puede obligar a los funcionarios que deseen reelegirse a solicitar licencia a sus cargos para participar en las campañas electorales.

Los ediles presentaron sus inconformidades contra la norma el artículo 114 de la Constitución Política del Estado, que los obligaba a pedir licencia para contender en los comicios buscando la reelección, que fueron resueltos en los expedientes TESLP/JDC/05/2018 y TESLP/JDC/06/2018.

La medida anula los efectos de un acuerdo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en el que se especificaba la obligación de dejar el cargo 90 días antes de la elección para poder participar en el proceso electoral.

Esta modificación puede aplicar para los presidentes de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Juárez y de Soledad de Graciano Sánchez, Gilberto Hernández Villafuerte. El Ceepac deberá modificar la norma que impedía la permanencia de diputados, alcaldes y regidores en sus cargos.

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