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Entre Todos, La Familia. Sin Autoridad no Hay Futuro

  • ** Lo que la ley protege y la familia debe formar.
  • ** La palabra clave es orientar.
  • ** Muchos padres optaron por retirarse del ejercicio formativo.

 

Derechos proclamados, autoridad diluida: lo que la ley protege y la familia debe formar

El 20 de noviembre de 1989 la Organización de las Naciones Unidas adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño, estableciendo por primera vez un instrumento jurídicamente vinculante que obligó a los Estados a garantizar derechos fundamentales como la vida, la educación, la protección contra la violencia y la participación.

México la firmó el 26 de enero de 1990 y la ratificó el 19 de junio del mismo año, comprometiéndose a armonizar su legislación interna. Ese compromiso cristalizó años después en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada el 4 de diciembre de 2014.

Esta Ley reconoce explícitamente en su artículo 13 derechos como:

  • Derecho a la vida y al desarrollo integral.
  • Derecho a vivir en familia.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a una vida libre de violencia.

Y en su artículo 103 establece la creación de Procuradurías de Protección para restituir derechos vulnerados.

Hasta aquí, el avance es indiscutible.

Sin embargo, el mismo marco normativo que protege derechos también evidencia una problemática creciente: violencia intrafamiliar, negligencia parental, abandono emocional y ausencia de límites formativos.

 

La ley reconoce lo que la familia dejó de resolver

El propio Artículo 4º de la Constitución Mexicana establece que “en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez”.

Pero el “interés superior” presupone adultos capaces de ejercer autoridad responsable.

En 2014 también se fortaleció la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con un enfoque de protección integral que reconoce problemáticas como:

  • Violencia familiar.
  • Omisión de cuidados.
  • Exposición a entornos delictivos.
  • Falta de supervisión adulta.

Posteriormente, reformas a la Ley General de Educación incorporaron la obligación de fomentar cultura de paz, regulación emocional y convivencia escolar, precisamente porque las aulas comenzaron a reflejar lo que en casa ya no se contenía.

Y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia amplió la mirada hacia la violencia estructural dentro del hogar, reconociendo que la familia puede ser espacio de protección o de riesgo.

Es decir, el Estado ha legislado no solo para proteger derechos, sino para atender las consecuencias de una crisis relacional profunda.

 

Cuando la autoridad se confundió con agresión.

La Convención de 1989 jamás propuso la eliminación de la autoridad parental. Al contrario, en su artículo 5 reconoce las responsabilidades, derechos y deberes de los padres de orientar y dirigir al niño en el ejercicio de sus derechos conforme a su desarrollo evolutivo.

La palabra clave es orientar.

No someter.
No violentar.
Pero tampoco abdicar.

El problema cultural fue haber sustituido la palabra “autoridad” por “represión” y, en ese vacío semántico, muchos padres optaron por retirarse del ejercicio formativo.

Hoy la ley atiende efectos: adolescentes en conflicto con la norma, violencia escolar, conductas antisociales, deserción académica.

Pero la raíz sigue estando en la estructura familiar.

 

Una generación criada sin límites, criando sin herramientas

La realidad que enfrentan hoy las Procuradurías de Protección y los sistemas DIF estatales muestra un fenómeno constante: omisión de cuidados, negligencia emocional, padres rebasados.

No siempre hay maldad.
Muchas veces hay incapacidad formativa.

El niño empoderado sin regulación se convierte en adolescente desafiante.
El adolescente sin contención se convierte en adulto sin autocontrol.

Y entonces el Estado interviene donde la familia dejó de sostener.

 

Proteger derechos exige formar carácter

 

Reconocer derechos fue un acto de justicia histórica.
Pero garantizar esos derechos requiere adultos firmes.

La ley protege.
La escuela orienta.
El Estado interviene.

Pero solo la familia forma.

Si la autoridad desaparece del hogar, la norma se judicializa.
Si el límite no se aprende en casa, se impone en tribunales.

No se trata de retroceder en derechos.
Se trata de recuperar la autoridad afectiva que la propia Convención reconoce como responsabilidad parental.

Porque el verdadero interés superior de la niñez no es crecer sin límites.

Es crecer con dirección.

Y esa dirección —nos guste o no— sigue comenzando en casa.

 

… Y recuerda que… Entre Todos, La Familia.

 

Tres para ti Doc.

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VÍCTOR HUGO GARCÍA / Tercera Fuerza / Zacatecas, Zac. / 05 / marzo / 2026.

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