Voy a tocar un tema que es por demás interesante, precisamente porque el pasado martes 22 de octubre algo sucedió en la Suprema Corte, que para algunos despertó la esperanza y para otros desató el pánico, me estoy refiriendo a la decisión de no acatar las suspensiones que han dictado juezas, jueces de distrito, relacionadas con la reforma constitucional. Sin duda estamos ente el rompimiento de un Estado de Derecho, no hay previsibilidad en las actuaciones de la autoridad, porque se cree que tendría que actuar de acuerdo con las normas, que rigen un sistema constitucional.
Pero cuando eso deja de importar, y cuando de manera unilateral se decide dejar a un lado las decisiones que emiten tribunales competentes, respecto de los cuales incluso existen recursos ordinarios, en ese momento se rompe con lo que se conoce como Estado de Derecho.
Y la pregunta obligada es ¿Se puede suspender una Reforma Constitucional?, el argumento considera que no es posible, y que es bastante cuestionable, porque el Congreso de la Unión, aun cuando puede llevar a cabo a través de las cámaras todo el proceso de Reforma Constitucional conforme al artículo 135, con una mayoría calificada, realmente actúa como un Poder Constituido.
Esto quiere decir que la Constitución creó al Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial, y de acuerdo con los principios constitucionales dados por el Congreso Constituyente de Origen, es que el Poder Constituido, tiene que llevar a cabo el ejercicio de sus facultades, de acuerdo con el Orden Constitucional fijado por el Congreso Constituyente Originario.
Un autor que se llama Seiyès, dice que hay un Poder Constituyente y hay un Poder Constituido. El Poder Constituyente dura lo que dura la creación de la Constitución, y el Poder Constituido está sometido a la Constitución. Bien ¿Qué pasa cuando un Poder Constituido como el Poder Legislativo se excede en sus atribuciones?, esto es, que emite una Reforma Constitucional que va en contra de los propios Principios Constitucionales.
Bueno, estos son casos paradigmáticos en donde se puede evaluar el alcance de esa Reforma Constitucional, evidentemente que una Constitución no puede tolerar o autorizar su propia destrucción, y en ese caso hay límites al Constituyente Permanente, cuando se rompe con el Principio de División de Poderes, cuando se rompe con una República Representativa Democrática Federal.
Cuando se rompe con el Principio de Independencia Judicial, en esos casos, como son principios esenciales que generó el Constituyente de Origen, en ese caso, el Poder Constituido no puede atentar contra los Principios, realmente existe la probabilidad de que se estudie la Inconstitucionalidad de una Reforma Constitucional.
En la opinión del magistrado Miguel Mendoza, dice que la Ley de Amparo establece en el Artículo 61 fracción 1, la improcedencia del Juicio de Amparo, y también hay una jurisprudencia 2 del 2022 que dice que es notoriamente improcedente la presentación de una demanda de Amparo contra una Reforma Constitucional, esto tiene que verse con cierta reserva, este precepto de la Ley de Amparo y a esta jurisprudencia.
Porque no hay que olvidarse que en el Sistema Constitucional Mexicano, vivimos en el contexto de un reconocimiento a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, y a la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. La Corte Interamericana en diversos casos ha resuelto que las constituciones de otros Estados violan las convenciones internacionales de derechos humanos.
Por ejemplo, pongamos el caso de la película La Última Tentación de Cristo, en donde su Constitución establecía la censura previa a exhibiciones cinematográficas, y la Corte Interamericana ordenó al gobierno de Chile que modificara su Constitución, cosas similares ocurren con el arraigo, con la prisión preventiva oficiosa. Así es que una Reforma Constitucional en el contexto internacional, también puede ser examinada y puede ser parte de una condena por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
Como la Corte Interamericana tiene una jurisprudencia sobre el control de Convencionalidad, y México ha adoptado ese sistema, es evidente que en el ejercicio del control de Convencionalidad podría determinarse que una reforma constitucional es Inconvencional por violar los Tratados Internacionales sobre los Derechos Humanos, sobre los que México es parte.
Pero más allá de esto, el Artículo 128 de la Constitución, establece una “Protesta” para todo Servidor Público, para hacer guardar la Constitución y las Normas que emanen de ella, y esto implica que con esa Protesta se vincula la actuación de cada uno de los Servidores Públicos para que se respete la Constitución y sus Principios Esenciales.
Así es que en este contexto el Juicio de Amparo podría ser procedente, porque se está planteando un tema de Inconvencionalidad, y la jurisprudencia 2 del 2022 no abarca el caso o estudio de temas de Inconvencionalidad, así es que por esa razón podría resultar procedente el Juicio de Amparo, y la medida cautelar que se decrete, tiene que ser cumplida por cualquier autoridad.
Porque en un país en donde hay un principio de División de Poderes, se le da facultad al Poder Judicial de llevar a cabo un mecanismo de control de la Constitucionalidad como el Juicio de Amparo, y la Suspensión de los Actos Reclamados. Es que de no cumplir con unas suspensiones, como el faltar al Estado de Derecho, al Principio de Seguridad, al Principio de Legalidad, y con esto genera una tensión importante, en las condiciones sociales y de convivencia de cualquier sociedad que vive en un Régimen Constitucional y Democrático de Derecho.
El martes pasado, martes 22 de octubre, me pregunto, La Suprema Corte de Justicia de la Nación ¿Va a frenar la Reforma al Poder Judicial? Ese día por votación de 8 a 3, los Ministros de la Suprema Corte decidieron que sí van a analizar el tema, que le van a entrar, que van a estudiar y definir si la Reforma Judicial viola la Constitución, bajo el argumento de que destruye el equilibrio de poderes o se hizo aceleradamente en el Poder legislativo y no se siguieron los procedimientos.
Hay tres escenarios, la pueden validar, la pueden adecuar, armonizar, o la pueden batear, la pueden invalidar. El choque de Poderes que podría armarse, ya empezó a sentirse ahora. ¿Qué sucedió en la sesión de la Corte? Los 11 ministros discutieron la primera de la 7 consultas que abrió la presidenta de la Corte la ministra Norma Piña, la consulta es de un juez a una jueza que le dice a la Corte ¿Oye que hago?, por un lado está un cambio a la Constitución aprobado por el Poder Legislativo que es el que hace la Constitución (el Poder Legislativo que es un Poder constituido, que está sometido a la Constitución que generó el Poder Constituyente de Origen) pero por otro que dice que ese cambio a la constitución está violando otra parte de la Constitución.
Entonces hacen una consulta y esa consulta se turna para hacer su análisis por los ministros, La consulta de este martes 22 fue la del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, nominado por el entonces presidente López Obrador que ha mostrado independencia y eso ha enojado muchísimo al Obradorato, y el ministro lo que propuso fue “analicémoslo”, y con votación de 8 a 3 le dijeron “va”.
La Corte tiene que entrarle al tema. Su posicionamiento fue aprobado por la mayoría, solo las tres ministras obradoristas dijeron que no, Lidia Batres, Loreta Ortiz y Jazmín Esquivel. El ministro Alcántara Carrancá considero que aunque la consulta sobre la Reforma estuvo mal planteada por jueces y magistrados. La Corte debía de reencausarla y aceptar el trámite de manera que se pueda analizar la legalidad de la iniciativa, es decir, en esta sesión solamente se debatió, si la Corte podía estudiar la impugnación a la Reforma, no se analizó la Reforma en sí misma, la mayoría de los ministros estuvo de acuerdo con el proyecto, considerando que estudiar el asunto a fondo es relevante para el país.
Pero las ministras obradoristas acusaron que si la corte estudiaba esto, se excedía en sus facultades, incluso llamaron a sus compañeros ministros “golpistas” de ese tamaño se puso el debate, hágame usted el refrabron cabor.
La Corte aún tiene que resolver las otras 6 consultas presentadas por jueces y ministros que se analice la legalidad de la Reforma Judicial, los proyectos de estas 6 consultas están en manos de 2 ministras obradoristas, Jazmín Esquivel tiene 3 y Lidia Batres tiene las otras 3, ambas ya perfilaron dentro de sus proyectos su intención de desechar estas consultas, pero se va a someter a votación del pleno, y la votación del pasado martes dejo en claro cómo piensa la mayoría de los ministros de la Corte.
¿Y qué está sucediendo? Pues se los platico, la República está muriendo en manos de unos cínicos gobernantes que no buscan sino el control de México en sus manos, no puedo encontrar otra respuesta, y la están matando a través de reformas constitucionales ilegales, que eliminan los contrapesos entre los tres Poderes de la Unión. Primero lanzaron la reforma al Poder Judicial, reforma que está plagada de errores y que no constituye más que un ataque a los juzgadores del país, para que hagan lo que el gobierno y sus gobernantes convengan, o de lo contrario, se les podrán lanzar a la jauría de chairos vulgares que son capaces de cualquier cosa por tres mil pesos al mes. Ahora resulta que pretenden hacer una reforma de la reforma, porque en las prisas por aprobar algo que ni ellos conocen, cometieron tantos errores de redacción, que la misma ley se contradice a sí misma.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, participó en el XVI Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional 2024, pero un foro distinto, en una clara alusión a la presidenta Sheinbaun, advirtió que una sola persona no puede encarnar la voluntad del pueblo, y que la función más importante del Poder Judicial dentro de un Estado constitucional es justo proteger a los ciudadanos frente a los actos del gobierno. El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, llevo el tema de la Reforma Judicial a la Escuela de Derecho de Harvard (Harvard Law School) esto ocurrió en un panel celebrado el jueves 10 de octubre, pero apenas se hizo viral el momento en que la audiencia literalmente se carcajeó, al escuchar la lista de requisitos para ser juez en México. Sobre todo cuando el ministro mencionó que se necesitaba cinco cartas de recomendación que podían ser de vecinos, como que la audiencia en Harvard dijo, “No, está vacilando” pero se carcajearon, y entonces el ministro tuvo que aclararles que no era una broma, que era un requisito para entrarle a la participación.
Rebelión en Morena. Morenistas en el senado ignoran a la presidenta Sheinbaum y nadie le hace caso en la 4T, la verdad es muy lamentable, es muy triste ver lo que hoy se está planteando, lo que hoy se está intentando, es evidente que la capacidad de autocontención pues no está permeando en muchos de los que hoy conforman esta mayoría, lo digo porque desde estos días para terminar la semana, hemos venido escuchando voces disidentes, voces en donde reconocen que este tema está siendo un exceso, tan lo reconocen, que se ha inconformado, no lo van a decir públicamente, porque hay un intento de disciplina, eso lo entiendo y lo respeto, pero no podemos tapar el sol con un dedo.
Ustedes mismos al igual que yo, están inconformes en el fondo porque saben que esto es un exceso, y que esto es un contra sentido para todos, decirles que durante un de estas mañaneras del pueblo escuche decir a la presidenta, con toda claridad, que ella hacia un llamado, que ella dejaba en claro que se iba a componer , a recapacitar sobre lo que se estaba haciendo en el Poder Legislativo y que lo único que iba a prevalecer o que debía prevalecer en esta reforma era que quedara en la Constitución lo que ya se establece en el Articulo 61, fracción primera de la Ley de Amparo, pero que lamentablemente en este dictamen que se está recibiendo con apenas una hora de, pero que se pudo identificar, persisten las modificaciones que afectan las acciones de inconstitucionalidad y de las controversias, esto de manera clara.
Esto le lleva a concluir dos cosas: Primera, que evidentemente no le están haciendo caso a la presidenta de la República Sheinbaun, no la están escuchando en este tema en particular y Segundo que pretenden afectar uno de los derechos fundamentales de los mexicanos, que es el derecho a defenderse cuando vean trastocados sus Derechos Humanos, y eso de verdad es preocupante, porque simple y sencillamente se trata de un tema que tambien es de fondo, un Poder Constituido, como lo es el Poder Legislativo, se ha dicho muchas veces entre ellos el presidente Insunza, el Poder Legislativo es un es un Poder Constituido (por el Congreso Constituyente de 1917 que lo creó), y lo que pretenden con esta reforma es asumir un carácter Constituyente, y hay una gran diferencia y muy importante, porque un Congreso Constituyente puede entenderse que no tiene límites ¿Por qué?, porque tiene la capacidad para hacer cambios de fondo, cambiar e ir hasta la creación de una nueva Constitución si fuere necesario.
Pero el Poder Legislativo, pudiere asumiese como un Poder Reformador y un Poder Reformador si tiene Límites, tanto de Procedimientos, como Sustantivos. De procedimientos tiene límites de ¿Cómo deben hacerse esas reformas?, y Sustantivos, que también le indican que es lo que se puede reformar y que es muy importante no perder la esencia de estas enorme diferencias, quiero concluir que todos debemos tener un vocación de democracia y recomiendo a las mayorías de ambas cámaras que tiñen una gran responsabilidad de lo que hacen y harán para el bien del México de hoy como para el México de mañana y que por ningún motivo se confunda una mayoría con una tiranía.
Cabe una vez más dejar claro que el Poder Legislativo debe asumirse como como un Poder Constituido, es un Poder Constituido y tiene la capacidad de convertirse en un Poder Reformador, y no olvidar que un Poder Reformador tiene límites en su diferencia con el Poder de un Congreso Constituyente y que se considera a sí mismo, como un poder sin límites, por evidentes razones, porque es lo que ha dado vida a las Constituciones anteriores y a la Constitución actual en nuestro país.
Que insistir mucho, en que no puede haber reformas que lastimen a uno de los tres Poderes en los que se sustenta la Democracia de nuestro país, es por ello que manifiesto mi inconformidad con referencia a esta reforma aberrante que se presenta de una manera precipitada, y que me da la razón cuando sustento lo mal que se ha llevado esta Reforma Judicial, y que desde la presidenta y el Poder Legislativo saben que se puede echar para abajo, por estar mal llevada.
Por esa razón quieren blindar, quieren acotar los mecanismos en los cuales podemos seguir fortaleciendo la defensa de la forma en que se ha llevado está mal llamada Reforma Judicial y las cosas peores que se avecinan cuando quieren cancelar el derecho fundamental que tenemos los mexicanos, el derecho a defendernos cuando veamos vulnerados nuestros intereses, nuestros derechos humanos, sobre todo porque están trastocando la figura de las controversias constitucionales y de acciones también de inconstitucionalidad, que son herramientas que han demostrado ser efectivas para defender los derechos de los mexicanos, y con esta reforma se quieren trastocar, ojalá que haya tiempo de hacer las cosas, hacerlas bien para que ocurran bien.
Monterrey, Nuevo León
Octubre 28, 2024
La fe no solo hace que las cosas sean fáciles, hace que las cosas ocurran. (Lucas 1:37) No lo olvides, las palabras convencen, pero el ejemplo arrastra. Dios, siempre puede más.
Dr. H.C. Mtro. QFB. Fernando De la Fuente García.
ENTRE GRIEGOS Y TROYANOS.
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DESACATO AL PODER JUDUCIAL Y COSAS PEORES

