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Guardia Nacional Opera como Autoridad de Tránsito en Carreteras

  • ** La GN tiene nuevas facultades, podrá multar, detener e inspeccionar vehículos en carreteras federales, desde este martes. 

San Luis Potosí, S.L.P. / Mayo 26 de 2026.- Elementos de la Guardia Nacional pueden imponer multas de tránsito, inspeccionar vehículos y detener a conductores en carreteras federales, similar a como operaba la extinta Policía Federal de Caminos, tras la reforma publicada en el DOF al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes De Jurisdicción Federal.

Este martes 26 de mayo entraron en vigor las nuevas facultades de elementos de la Guardia Nacional en carreteras federales, fue una reforma impulsada por la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum para controlar la seguridad y el tránsito de vehículos privados y de transporte de mercancías en las vialidades del país.

El decreto publicado el lunes 25 de mayo, establece que la Guardia Nacional tendrá prioridad sobre otras señales de tránsito, “las indicaciones de las personas integrantes de la Guardia Nacional prevalecen sobre los dispositivos para el control del tránsito”, es decir que podrán ordenar acciones diferentes a las señalizaciones viales, los semáforos y las reglas de circulación.

Ahora, la GN puede aplicar directamente infracciones al reglamento de tránsito, detener a conductores, revisar documentación vehicular, inspeccionar automóviles y verificar sistemas de seguridad, realizar investigaciones para la prevención de delitos, participar en revisiones médico toxicológicas, ordenar el retiro de vehículos, remitir unidades a depósitos federales y elaborar dictámenes técnicos de accidentes.

También establecieron en el DOF que la GN podrá sancionar a las personas usuarias de vías federales que infrinjan en disposiciones de este reglamento, a través de filtros de seguridad, operativos radar y atención de accidentes y patrullajes preventivos contra robos y asaltos en carreteras.

Podrán aplicar pruebas de detección del consumo de alcohol, sustancias psicotrópicas o estupefacientes, señala el documento: “Los conductores deben someterse a las pruebas de detección de ingestión de alcohol, de sustancias psicotrópicas y estupefacientes”, en caso de que los conductores se nieguen, podrán ser detenidos y presentados al Ministerio Público.

En tanto al transporte de carga, como transporte de mercancía, remolques, camiones de carga y autobuses podrán revisar bitácoras, supervisar el sistema de frenado, la documentación electrónica, el control de placas y el sistema físico – mecánico.

Las medidas para quienes transiten por vías federales se endurecerán, toda vez que, los vehículos que crean que representan un riesgo de seguridad podrán ser retirados de circulación y enviados a depósitos federales.

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