Por Miriam Serrano Cigarroa
- ** El envenenamiento de animales no es un delito menor.
- ** Varios perros murieron de manera.
- ** iniciaron una investigación conjunta para identificar a los responsables.
La noche de este martes, en el fraccionamiento Valles del Conde en el municipio de Guadalupe, Zacatecas, se registró un acto de crueldad que ha dejado a la comunidad consternada.
Varios perros murieron de manera simultánea tras consumir carne envenenada arrojada intencionalmente por desconocidos; varios vecinos de la zona fueron testigos del macabro suceso, que ocurrió cuando un automóvil de color gris circulaba por las calles y lanzaba trozos de carne envenenada, aparentemente en un intento sistemático de exterminar a los animales.
Vecinos del lugar denunciaron públicamente lo sucedido con preocupación y tristeza, comentaron que vieron un automóvil gris en varias ocasiones mientras, a su paso, lanzaban trozos de carne.
Horas después, vecinos de la calle Familia Real indicaron que comenzaron a observar un comportamiento extraño en varios perros y al acercarse vieron cómo agonizaban.
Ante la denuncia pública, las autoridades del ayuntamiento de Guadalupe y de la Fiscalía General de Justicia del Estado iniciaron una investigación conjunta para identificar a los responsables del envenenamiento masivo.
Ya están tras las pistas que permitan dar con el paradero de los ocupantes del vehículo mencionado, pues a pesar de la rapidez con la que los vecinos reaccionaron y alertaron sobre los hechos, hasta el momento los autores del envenenamiento siguen prófugos.
Sin embargo, la preocupación en la comunidad no se limita sólo a este caso aislado, sino que también refleja una tendencia más amplia de maltrato hacia los animales en la región, que sigue afectando tanto a perros de la calle como a animales domésticos.
El envenenamiento de animales no es un delito menor, y las autoridades en Zacatecas tienen las herramientas jurídicas para sancionar a los responsables de este tipo de actos, pues existe la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado de Zacatecas, que establece sanciones para quienes causen daño físico, psicológico o la muerte de un animal de manera intencional, además, en el Código Penal de la entidad existe un capítulo sobre los delitos cometidos por actos de maltrato o crueldad en contra de animales no humanos.
La Ley para el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas, en su artículo 61 precisa:
Actos de Crueldad y Maltrato
Se consideran actos de crueldad y maltrato, aquellos que se realizan por omisión inexcusable o de manera deliberada e intencional en perjuicio de cualquier animal, perpetrados por sus propietarios, poseedores, tenedores, encargados o terceros que entren en relación con ellos y serán los siguientes:
- Causarles la muerte a través de cualquier medio que prolongue la agonía o provoque sufrimiento; el uso o la determinación de tiempos;
- El sacrificio de animales empleando métodos diversos a los establecidos en las normas oficiales mexicanas y, en su caso, las normas zoológicas;
III. Cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no se efectúe bajo causa plenamente justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos en la materia;
- Todo hecho, acto u omisión que pueda causar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida o que afecte el bienestar animal;
- Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo, negligencia o diversión;
En tanto, el artículo 82 habla sobre el tipo de sanciones, como:
Las sanciones aplicables a las infracciones previstas en la presente Ley, podrán ser:
- Amonestación;
- Multa;
III. Arresto; y
- Las demás que señalen otras leyes y reglamentos aplicables.
Mientras que, el Código Penal del Estado de Zacatecas en el capítulo segundo establece los delitos cometidos por actos de maltrato o crueldad en contra de animales no humanos:
El artículo 393 establece que: Al que cometa actos de maltrato o crueldad injustificados en contra de cualquier especie animal que no constituyan plaga, provocando o no lesiones evidentes, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cien a doscientas veces la unidad de medida y actualización, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo.
En caso de que las lesiones pongan en peligro la vida del animal, se aumentará en una mitad la pena señalada.
En el caso en comento, el artículo 394 indica que: A todo aquel que cometa actos de maltrato o crueldad injustificada en contra de cualquier especie animal que no constituyan plaga, provocándole la muerte, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de doscientas a cuatrocientas veces la unidad de medida y actualización, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo.
En el caso de que se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal previo a su muerte, las penas se aumentarán en una mitad.
Se entenderá por métodos que provocan un grave sufrimiento, todos aquellos que ocasionen una muerte no inmediata y por el contrario prolonguen la agonía del animal, ya sea por las lesiones en el detrimento de la salud del animal.
Finalmente, el artículo 395 señala que: Por actos de maltrato y crueldad, se estará a lo dispuesto en la Ley para el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas.
El envenenamiento masivo de perros en la colonia Valles del Conde es un recordatorio de la necesidad urgente de fortalecer la protección animal en Zacatecas, si bien la Ley ofrece un marco legal claro para sancionar a los responsables de la comisión de estos delitos, la efectividad de la misma depende en gran medida de la denuncia ciudadana y de la aplicación efectiva del marco jurídico.
En este caso, los habitantes de este fraccionamiento esperan que se logre dar con los culpables y que este acto de crueldad no quede impune.

