Le crece el conflicto de interés al aspirante priísta a candidato a gobernador por San Luis Potosí, Jesús Ramírez Satrbos, porque mientras en España persiste el interés por demandarlo por corrupción, en México proponen que además de la declaración patrimonial, sea obligatoria una declaración de interés.

Por los casos de Jesús Ramírez Stabros y Pedro Joaquín Codwell, donde quedó de manifiesto la existencia de conflictos de interés, investigadores proponen que además de la declaración patrimonial, los servidores públicos estén obligados a presentar una “declaración de interés” a fin de atacar la corrupción en México.
Eduardo Bojórquez consideró que la «declaración de interés» podría prevenir casos de corrupción, porque este tipo de lagunas en las leyes mexicanas propician que México ocupe el lugar 106 de 177, en materia de corrupción y Guillermo Avila consideró que el Congreso tiene una figura sobre conflicto de intereses, pero lamentó que se desconozca su aplicación y estimó que son los legisladores, quienes más incurren en conflictos de interés.
Los investigadores aseguraron que no es ilegal, el problema es que los intereses de los funcionarios no están “sobre la mesa” y reiteraron que el hecho es que la clase política se ha beneficiado históricamente con los intereses y el influyentismo. Lamentaron que esté “congelada” una iniciativa que pretende crear una Fiscalía Anticorrupción.
Manuel Clouthier Carrillo, cuando era diputado federal, aseguró y publicó que el conflicto de intereses es un tema muy poco discutido en la sociedad mexicana, ya sea en lo político, económico, en las organizaciones públicas o en las empresas privadas y estimó que es parte de nuestra arraigada cultura de corrupción y del ejercicio patrimonial del poder.
El conflicto de intereses lo podemos definir como aquella situación que puede presentarse al trabajar para una organización de cualquier índole y que, ante la necesidad de tomar decisiones, puedan entrar en conflicto los intereses de la organización con los intereses personales por diferentes motivos.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) define el conflicto de intereses como aquel que se da entre las obligaciones públicas y los intereses privados de un servidor público y puedan estos influir impropiamente en el desempeño como servidor público.
Un ejemplo de conflicto de intereses es: Ser director de una empresa y, al mismo tiempo, ser socio de otra empresa proveedora de la que dirijo. En algún momento, ante tal circunstancia, tendré que tomar decisiones en relación a los proveedores, ¿y qué voy a privilegiar? ¿La empresa que dirijo o la empresa de la que soy socio?
Otro ejemplo es cuando a un Juez, que tiene que impartir justicia y que para ello debe esforzarse por ser imparcial, le toca atender un caso de un hijo suyo. ¿Qué va privilegiar? ¿La justicia o el amor a su hijo?
Son muchos los casos y los motivos que nos pueden poner ante una situación de conflicto de intereses. De hecho, todos los servidores públicos tenemos derechos e intereses privados. Dejando claro que no todo conflicto de intereses es corrupción, lo que se busca es evitar que un potencial conflicto de intereses se convierta en uno real, es decir, el tratamiento debe de ser preventivo.
Compras, contratación de personal, manejo de información privilegiada, regalos, financiamientos de campaña, tratos preferenciales, tráfico de influencias, son algunas áreas de alto riesgo en el tema de conflictos de intereses y que pueden levantar sospecha de la imparcialidad de los funcionarios; pueden provocar una ventaja impropia del cargo o pueden comprometer la integridad y credibilidad de la institución que representan. El conflicto de intereses debe resolverse a favor de los intereses superiores, privilegiando el interés público.
Entonces críticó que la esposa del aspirante a la dirigencia nacional del PAN, Roberto Gil, era consejera electoral del Instituto Electoral del Distrito Federal. Citó que la consejera Carla Astrid Humphrey acompañó a su esposo al registro de su candidatura para presidente del CEN del PAN en la sede de dicho partido. Este hecho no implica ninguna falta a la ética, quizá fue una imprudencia, pero si Roberto Gil ganara la elección interna por la dirigencia y se convirtiera en el presidente nacional del PAN, su esposa Carla Astrid Humphrey debería renunciar a su cargo como consejera electoral del IEDF para evitar un conflicto de intereses.
Como aquel Juez, la consejera electoral Carla Astrid Humphrey deberá “excusarse de conocer” los asuntos electorales, ya que su marido sería el presidente nacional del PAN. La confusión entre las obligaciones públicas y los intereses privados quedaría disuelta. Ganaría la ética en la política.

