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Anula elección de Claudia Ávalos como comisionada de CEGAIP, Congreso emitirá otra convocatoria

El Poder Judicial de la Federación dio marcha atrás al nombramiento de Claudia Elizabeth Ávalos Cedillo como comisionada numeraria de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) y ordenó al Congreso del Estado emitir una nueva convocatoria.

Dicha resolución se dio tras el recurso que presentó José Jaime Sánchez Ferro contra la elección de Ávalos Cedillo, quien es hija de Roberto Ávalos Carvajal, director general de los Servicios de Salud de Gobierno del Estado.

Mediante el expediente P-934/2014-I, el Juzgado Tercero de distrito detalló que “el argumento formulado por el quejoso es fundado, ya que la elección de quien resultó vencedora a juicio de la responsable no garantizó que se otorgara el nombramiento de comisionado a la persona evaluada como más apta para el cargo, pues no fue el resultado de alguna prueba o pruebas, a la revisión de los méritos y experiencia laboral de los contendientes, o de todos esos elementos, de modo que es evidente que no fueron empleados mecanismos transparentes y objetivos que acrediten plenamente los conocimientos y aptitudes de quien fue declarada vencedora”.

Añadió que fue vulnerado el derecho humano del quejoso a acceder a la función pública, ya que si bien fue considerado como aspirante al cargo, “no fueron evaluados sus méritos y capacidades, para poder establecer quién de los que cumplieron los requisitos de elegibilidad era el más apto para el cargo, por ende, no imperaron condiciones de igualdad”.

Por lo anterior, determinó que la justicia ampara y protege a Sánchez Ferro contra los actos que reclama del Congreso del Estado consistente en la elección de Claudia Elizabeth Ávalos Cedillo como comisionada de la CEGAIP “cuyo efecto directo e inmediato es la insubsistencia jurídica de la elección que se verificó el 26 de junio del 2014, en la sesión ordinaria del segundo período ordinario, segundo año de ejercicio legal de la sexagésima legislatura del Estado, publicada en el Periódico Oficial del Estado en su edición extraordinaria el sábado veintiocho de junio del año en curso, quedando obligada la responsable a emitir una nueva convocatoria que efectivamente se sustente en el principio de acceso al cargo por oposición, bajo las precisiones establecidas en esta sentencia”.

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