Desecha Ceepac 23 Denuncias

Por Omar Xavier Gallegos Moreno/ San Luis Potosí

Jueves 30, agosto 2012.- El Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana desechó 23 denuncias por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 310 de la Ley Electoral, numeral que señala las condiciones para que las denuncias puedan ser aceptadas y en su caso instruir el inicio de procedimiento sancionador especial.

Los denunciantes omitieron alguno de los siguientes requisitos que deben reunir las denuncias: nombre del denunciante, con firma autógrafa o huella digital; domicilio para oír y recibir notificaciones; en su caso, los documentos que sean necesarios para acreditar la personería; narración expresa y clara de los hechos en que se basa la denuncia; ofrecer y exhibir las pruebas con que cuente o, en su caso, mencionar las que habrán de requerirse por no tener posibilidad de recabarlas y; en su caso, las medidas cautelares que se soliciten.

El artículo 310 en su último párrafo dicta que “La denuncia será desechada de plano, sin prevención alguna, cuando no reúna los requisitos antes indicados; los hechos denunciados no constituyan, de manera evidente, una violación en materia de propaganda político-electoral dentro de un proceso electivo; y, la materia de la denuncia resulte irreparable”.

En la sesión ordinaria el Pleno también declaró procedente un recurso de revocación instaurado por el presidente de la Agrupación Política Estatal Defensa Permanente de los Derechos Sociales, en contra del acuerdo 233/08 2012, relativo al procedimiento sancionador general por medio del cual se declaró fundado el mismo y se impuso a la APE una multa consistente en 8 mil 863 pesos,  por violaciones a la Ley Electoral.

El recurso de revocación se acompañó de una resolución emitida por la Sala de Segunda instancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado con fecha 26 de abril de 21012, por medio del cual la Sala de Segunda instancia revoca la sentencia recurrida de primera instancia, y en su lugar ordena dejar sin efectos el acuerdo 36/02/2012 aprobado por el Pleno del CEEPAC, y en su substitución se ordena a su presidente realice las gestiones para que el Peno emita nuevo acuerdo respecto de denuncia presentada por la Comisión de Fiscalización contra Defensa Permanente de los Derechos Sociales, por supuestas infracciones a la normatividad en materia de fiscalización.

Con base en esa resolución, que nunca fue notificada al CEEPAC, informó el Secretario de Actas del CEEPAC, Rafael Rentería Armendáriz, el Procedimiento Sancionaron General siguió su curso y dio motivo a que se aprobara el acuerdo 233/08 2012 que declaró fundado el procedimiento sancionador, de manera tal que con el recurso de revocación, el mismo procedió y por ende se revocó el acuerdo 233/08 2012 aprobado por el CEEPAC el pasado 13 de agosto.

En consecuencia, la denuncia contra la APE se turnará a la Comisión Permanente de Fiscalización para que proponga al Pleno, si fuere el caso, un nuevo acuerdo.

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