CEEPAC recibe aspirantes a candidaturas independientes

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El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí, recibió 19 solicitudes de intenciones de registro de aspirantes a candidaturas independientes al cierre del plazo legal marcado para el 15 de noviembre del año en curso.

Entre las solicitudes presentadas 11 corresponden a intenciones para participar por las candidaturas en la modalidad de elección de presidente municipal de San Luis Potosí, Salinas, Cárdenas, Ebano, y Axtla de Terrazas.

Se presentaron también 2 solicitudes en la modalidad de Gobernador del Estado y 6 solicitudes para obtener la candidatura a Diputados locales por distintos distritos electorales.
Una vez concluido ese plazo, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana verificará si los aspirantes a las candidaturas independientes de que se trata, cumplen con los requisitos señalados por la Constitución Política del Estado, Ley Electoral y Lineamientos respectivos.
Concluida esta etapa, los aspirantes a candidatos independientes podrán comenzar con la obtención de respaldo ciudadano.
En pasada sesión del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, el Pleno del CEEPAC flexibilizó el procedimiento para acceder a candidaturas independientes al realizar modificaciones a la convocatoria y Lineamientos para el Registro de Aspirantes y Candidatos Independientes a los Cargos de Gobernador Constitucional, Diputados de Mayoría Relativa y Ayuntamiento.

Algunos de los cambios aprobados versan respecto de los plazos para verificar y en su caso subsanar requisitos de la solicitud de registro de los aspirantes a candidatos independientes, así como el plazo para que el Pleno del CEEPAC emita los acuerdos definitivos relacionados con el registro de aspirantes a candidatos por dicha vía.

En ese sentido, el punto 3.4 de los Lineamientos en cuestión señalaba que una vez recibida la o las solicitudes de referencia, serían remitidas al Secretario Ejecutivo para que verifique el cumplimiento de los requisitos señalados para cada cargo en la Constitución local, así como en la Ley Electoral y en los Lineamientos, y si dicho funcionario advirtiese omisiones de uno o varios requisitos, notificaría de manera personal al solicitante o a su representante, en el domicilio designado por el solicitante para tal efecto, dentro del término de 24 horas siguientes, para que en un plazo igual a éste, subsanase los requisitos omitidos; apercibiéndolo que en caso de no cumplir con la prevención en tiempo y forma, se desechará de plano su solicitud.

Con la modificación aprobada en sesión ordinaria, dicha verificación deberá realizarse durante el periodo que comprende desde la presentación de la solicitud, hasta 3 días antes de la emisión del acuerdo definitivo relacionado con el registro del aspirante.

Cabe precisar que este plazo referente al acuerdo definitivo relacionado con el registro de los aspirantes a candidatos independientes también se modificó. Hasta antes de la sesión el Pleno debía emitir esos acuerdos a más tardar el 24 de noviembre de 2014. Con el acuerdo tomado en sesión, el plazo para tomar dichos acuerdos se extiende hasta el 29 de noviembre para el caso de la elección de gobernador, y hasta el 19 de diciembre para los casos de aspirantes a candidatos a diputados de mayoría relativa y ayuntamientos.

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